La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha publicado hoy un nuevo documento tras haber detectado errores en el Decreto del 88/2018, de 29 de noviembre, de ordenación de los alojamientos de turismo rural en Castilla-La Mancha.
Subsanación de errores
Se ha procedido a la corrección de los errores detectados en el Anexo I Categorización casa rurales, Área II Estructura/Acondicionamiento y en el Anexo I Categorización casas rurales, Área VIIGestión de calidad.
Decreto 88/2018, de 29 de noviembre, de ordenación de los alojamientos de turismo rural en Castilla-La Mancha
Este decreto introduce novedades importantes, como son, el aumento de categorías en las que las casas rurales se pueden clasificar a través de un sistema de clasificación específico para este tipo de establecimientos, distribuidos en siete áreas y su identificación por estrellas verdes, dándose así cumplimiento a los acuerdos adoptados por las comunidades autónomas en aras de la armonización normativa; la regulación por primera vez de nuevas fórmulas de alojamiento rural como son las explotaciones cinegéticas; y la eliminación de otras modalidades, como son las ventas de Castilla-La Mancha, por su inexistencia en la actualidad.
Los establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural se clasifican en las siguientes modalidades:
a) Casas rurales (de 1 a 5 estrellas verdes).
b) Apartamentos turísticos rurales (de 1 a 4 estrellas verdes).
c) Explotaciones de turismo cinegético.
d) Explotaciones de agroturismo.
e) Complejos de turismo rural.
f) Alojamientos rurales singulares.
Extracto de disposiciones:
1. Los establecimientos que, con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, hubieran sido inscritos en el Registro de empresas y establecimientos turísticos de Castilla-La Mancha en las categorías correspondientes de conformidad con la normativa anterior, se reclasificarán en los términos establecidos en este decreto.
A estos efectos, los titulares de los establecimientos presentarán en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor del decreto una declaración responsable en la que se clasifiquen conforme a las categorías establecidas.
2. Las casas rurales clasificadas a la entrada en vigor del decreto en la categoría de una, dos y tres espigas, deberán reclasificarse como casas rurales de una, dos, tres, cuatro y cinco estrellas verdes.
3. Los complejos de turismo rural existentes a la entrada en vigor del decreto deberán adaptarse a la figura de hotel-apartamento de tres estrellas con arreglo a la normativa reguladora de los establecimientos hoteleros y a los requisitos específicos de este decreto.
4. Las ventas de Castilla-La Mancha existentes a la entrada en vigor del decreto se reclasificarán como casa rural de dos estrellas.
Esta información es un breve extracto del decreto. La Asociación Provincial de Hostelería y Turismo de Toledo hará una valoración más amplia del mismo. Para cualquier información pueden contactar con nuestras oficinas (Francisco Orgaz- teléfono 925 22 88 58).
Documentos
Corrección de errores del Decreto 88/2018, de 29 de noviembre, de ordenación de los alojamientos de turismo rural en Castilla-La Mancha
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