La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha fijado las bases de un nuevo Plan de Ayudas a la inversión empresarial en Castilla-La Mancha (Adelante Inversión) que permitirá a Pymes y Autónomos acceder a subvenciones a fondo perdido por la realización de proyectos de inversión cuya finalidad sea poner en marcha un nuevo establecimiento (donde se cree algún puesto de trabajo en Régimen General o en el R.E.T.A.), o la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente (incrementando el número de unidades producidas o el número de servicios prestados).
Las inversiones deberán estar comprendidas entre 5.000 y 900.000 €.
Respecto de los requisitos generales y obligaciones de las empresas destacan que deberán mantenerse las condiciones de empleo, inversión y actividad durante un periodo mínimo de tres años a contar desde el día siguiente a la fecha de justificación de la subvención; no podrán iniciarse las inversiones o gastos antes de la solicitud; deben ser aportados como mínimo un 25% en concepto de contribución financiera y recursos propios para los proyectos; o la beneficiaria no puede tener la consideración de empresa en crisis, obligándose a dar publicidad al proyecto subvencionado.
Las inversiones subvencionables podrán ser la adquisición de terrenos y edificios, y la realización de obra civil – con ciertos límites respecto de las inversiones totales -, así como, las inversiones en los siguientes activos fijos nuevos: bienes de equipo, maquinaria, instalaciones, utillaje, mobiliario y enseres. Además, se podrán subvencionar los equipos y programas informáticos implantados por primera vez, y los trabajos de planificación e ingeniería asociados a la obra civil.
El procedimiento de concesión de las ayudas se basa en la concurrencia competitiva, de tal forma que las solicitudes presentadas serán comparadas tras su valoración. Como criterios de valoración se establecen la creación de empleo, la localización del proyecto, las características sociales de los promotores, el sector al que pertenece la actividad, el tamaño de la empresa, y la incidencia del proyecto en materia medioambiental.
Las cuantías de las ayudas se establecen en función de una serie de variables, pudiendo obtener las Microempresas y Pequeñas Empresas hasta una subvención máxima del 45%, mientras que las Medianas Empresas podrán obtener una subvención máxima del 35%.
El plazo de ejecución no podrá superar los 24 meses a contar desde la resolución de concesión de las ayudas, y el plazo justificación será de un mes a partir del día siguiente de la fecha establecida para la finalización del plazo de ejecución.
Las solicitudes de subvención solo podrán ser presentadas por vía telemática, adjuntando los archivos de documentación que se piden en la Orden y en la Resolución de la convocatoria, desde el 26 de septiembre hasta el 15 de diciembre de 2017.
Para más información, contacten con el Departamento Financiero de la Asociación en el número de teléfono 925 228 858.