Ayer se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, la resolución por la que se prorrogan las medidas especiales en materia de sanidad pública de Nivel III REFORZADO para CASTILLA-LA MANCHA.
En lo que respecta a nuestro sector, las medidas de NIVEL III reforzado suponen el cierre total (interior y terraza) de bares, restaurantes, cafeterías, pub y otros establecimientos similares.
Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible, tales como:
· Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de usuarios y profesionales.
· Servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos.
· Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados.
· Servicio de hostelería y restauración en Institutos de Educación Secundaria y Universidades.
En los anteriores supuestos, quedan suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
También se permitirá el servicio de reparto a domicilio y recogida de comida elaborada dentro del margen horario permitido de movilidad, es decir, hasta las 22:00 horas.
· Los establecimientos de hostelería y restauración ubicados en la red de AUTOVÍAS Y AUTOPISTAS (no es de aplicación al resto de las vías, carreteras) que transcurran por la región y que dispongan de cocina, servicios de restauración, o expendedores de comida preparada, podrán prestar a los transportistas profesionales los siguientes servicios:
Hay que advertir que en todos los casos queda prohibida la venta o dispensación de bebidas alcohólicas.
En cuanto a los hoteles pueden seguir abiertos en las mismas condiciones que ya lo estaban, es decir, pudiendo contratar el 50% de su capacidad y usando solo el 25% de aforo de sus zonas comunes. En la medida que la permanencia de grupos de personas en espacios de uso privado está limitada a 6 personas, salvo que se trate de convivientes, esta limitación afectaría directamente a las casas rurales de alquiler completo y a las viviendas de uso turístico.
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