NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE DURACION DETERMINADA DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS
El Gobierno de Castilla-La Mancha, ha aprobado, mediante la Resolución de 1/07/2014, la segunda convocatoria de las Ayudas reguladas en la en la Orden de 28/02/2014, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la Concesión de Ayudas a la Contratación Temporal de Trabajadores Desempleados.Esta Resolución es aplicable a las contrataciones que, reuniendo los requisitos establecidos en la mencionada Orden, hayan sido efectuadas desde el 13 de marzo hasta el 8 de abril de 2014 (ambos inclusive).
Los contratos subvencionables y los requisitos exigidos son los siguientes:
- Son subvencionables los contratos de duración determinada: eventual por circunstancias de la producción; obra o servicio determinado; e interinidad.
- Deben ser formalizados con personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo y emprendedores de Castilla-La Mancha hasta el día anterior a la fecha de alta del trabajador en Seguridad Social.
- Con una duración inicial de al menos cuatro meses.
- Jornada de trabajo a tiempo completo o parcial (no inferior a 25 horas semanales).
- La cuantía de la subvención es de 3.000 euros por cada contratación a jornada completa.Esta cuantía será incrementada en 300 euros, si el trabajador contratado pertenece a alguno de los siguientes colectivos:
• Desempleados de larga duración, entendiéndose como tal, personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo de forma ininterrumpida durante 12 meses.
• Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
• Jóvenes menores de 30 años.
- Se debe mantener el puesto de trabajo subvencionado y el número de trabajadores en plantilla existentes en la fecha del contrato, por un período mínimo de cuatro meses.
- Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas, y las entidades sin ánimo de lucro.
- Una vez recibida la subvención, disponen de 120 días para aportar justificante de ingreso de la subvención en contabilidad separada a través del correspondiente registro contable.
El plazo de presentación de las solicitudes se extiende desde el 29 de julio hasta el 8 de agosto de 2014. Aquellas empresas, que hubieran presentado la solicitud de subvención en la anterior convocatoria y no hubiera sido atendida, deberán presentar en el plazo señalado una nueva solicitud, no estando obligados a presentar nuevamente la documentación exigida.
Documentos
NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE DURACION DETERMINADA DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS
Utilizamos cookies propias y de terceros para personaliza el contenido de la web, proporcionando funcionalidades a las redes sociales y para analizar el tráfico de nuestra web. Puedes aceptar el uso de esta tecnología o administrar su configuración y poder rechazarla, y así controlar completamente qué información se recopila y gestiona a través de los botones habilitados al efecto. Al hacer clic en "Sí, acepto las Cookies", ACEPTAS SU USO, si bien podrás retirar su consentimiento en cualquier momento. También puedes CONFIGURAR la instalación de cookies haciendo clic en "Configurar Cookies". Para obtener más información sobre nuestra política de datos, visitas nuestra Política de Privacidad. Para obtener más información al respecto, puedes consultar nuestra Política de Cookies.
Configuración de Cookies
Resumen de privacidad
Cookies necesarias
Cookies de estadísticas
Ajustes de Cookies
Puedes cambiar estos ajustes en cualquier momento. Bloquear cookies o permitir todas, puedes hacer que algunas funciones de la web dejen de estar disponibles o no funcionen correctamente. Para obtener información sobre eliminar cookies, por favor consulta la función ayuda de tu navegador y los siguientes enlaces.