Según establece la normativa vigente en materia de horarios de Castilla-La Mancha, desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre, ambos inclusive, los establecimientos de hostelería podrán desarrollar su actividad con arreglo al horario de verano.
Bares, cafeterías y restaurantes hasta las 2:30 horas.
Bares especiales hasta las 4:00 horas.
Discotecas, café-teatros y similares, hasta las 6:00 horas.
A partir de la hora señalada como de cierre, deberá cesar toda música, y no se podrán servir más consumiciones. No se permitirá la entrada de más personas al local, y se encenderán todas las luces para facilitar el desalojo de los establecimientos, que deberán quedar vacíos de público en el plazo máximo de TREINTA MINUTOS.
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