El decreto con autoevaluaciones en los hoteles en C-LM para determinar su número de estrellas entra en vigor en 20 días
(EUROPA PRESS) El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este jueves el decreto de ordenación de las empresas y alojamientos turísticos hoteleros de la región, una normativa que sustituye a la que estaba en vigor desde el año 1989, y que incluye nuevas cuestiones como que serán los propios establecimientos los que, a través de una autoevaluación, determinarán su número de estrellas o la creación de distintas categorías de hoteles en función de su especialización.
Tras su aprobación en Consejo de Gobierno el 12 de septiemnbre, tal y como publica el DOCM, y recoge Europa Press, este decreto entrará en vigor en 20 días. Se establece un plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor del decreto para que los establecimientos hoteleros existentes adapten su clasificación a las modalidades, grupos, categorías y especializaciones establecidas en este documento.
Las modalidades de establecimiento hotelero se incluyen en el Grupo primero, que comprende los hoteles y apartahoteles; el Grupo segundo, que comprende los hostales y el Grupo tercero, que comprende las pensiones.
Los establecimientos hoteleros pertenecientes al grupo primero se clasifican en cinco categorías representadas por cinco, cuatro, tres, dos y una estrella, respectivamente, determinándose la pertenencia a la que corresponda en función del inmueble/habitaciones, instalaciones/equipamiento, servicios y oferta.
Los establecimientos hoteleros pertenecientes al grupo segundo se clasifican en dos categorías representadas por dos y una estrella, respectivamente, determinándose la pertenencia a la que corresponda en función de los requisitos de las instalaciones, equipamiento y servicios establecidos.
Los establecimientos hoteleros pertenecientes al grupo tercero se clasifican en dos categorías representadas por dos y una estrella, respectivamente, en función de los requisitos de instalaciones, equipamiento y servicios establecidos.
En cuanto a las categorías de especialización a las que podrán acogerse los establecimientos, en el caso de los hoteles, se crearán las de hotel balneario, hotel spa, hotel de congresos y eventos, hotel enoturístico, hotel familiar, motel y hotel rural; mientras que los apartahoteles y hostales podrán optar a las categorías de apartahotel rural y hostal rural, respectivamente.
ACTUALIZACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO Otro de los aspectos que se recogen en este nuevo decreto es la actualización de los requisitos en cuanto a instalaciones, equipamiento y servicios que deben prestar desde el sector hotelero.
También se incluyen otras cuestiones como el régimen de reservas, cancelaciones y precios para así garantizar el servicio que se presta y los compromisos, deberes y responsabilidades que adquieren los empresarios.
De igual modo, se regulan las declaraciones responsables y las comunicaciones del sector con la Administración para que las notificaciones sean "más directas".
Desde la Junta se reservan la posibilidad de otorgar dispensas a algunos establecimientos siempre que estén justificadas por algún tipo de "singularidad".
Esta normativa afectará a 969 establecimientos de toda Castilla-La Mancha, de los que la mayoría corresponden a las provincias de Toledo y Ciudad Real, con un 25% y 20%, respectivamente.
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