Desde el 1 de enero de 2021 el permiso de paternidad tendrá una duración de dieciséis semanas, de las que las seis primeras deberán disfrutarse de forma ininterrumpida después del parto.
Una vez transcurridas las seis semanas obligatorias, las diez restantes podrán distribuirse a voluntad del padre, en períodos semanales, a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el menor cumpla doce meses, pudiéndose disfrutar en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador. El disfrute de cada período semanal o, en su caso, de la acumulación de dichos períodos, debe comunicarse a la empresa con una antelación mínima de 15 días.
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