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Subvenciones para autónomos y microempresas afectadas por COVID-19
¿Quién puede obtener la subvención?
Los autónomos sin trabajadores y las microempresas (personas físicas – autónomos con trabajadores, sociedades y comunidades de bienes que tienen menos de 10 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual no excedan de 2 millones de euros) que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y que se hayan visto obligadas a SUSPENDER esa actividad por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Cuantías:
Línea 1 – Autónomos sin trabajadores: 1.500 €.
Línea 2 – Microempresas con hasta 5 trabajadores: 2.200 €.
– Microempresas con más de 5 y menos de 10 trabajadores: 3.000 €.
Obligaciones: Reiniciar y mantener la actividad durante un año (hasta el 14 de mayo de 2021). Y, en su caso, a la fecha de finalización del plazo de doce meses (14 de mayo de 2.021) mantener el empleo que tenía la empresa en la fecha de presentación de la solicitud.
Plazo de presentación: Un mes desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (hasta el 15 de junio de 2.020). La presentación será telemática con firma electrónica, y solo podrá presentarse una solicitud por persona solicitante.
Requisitos:
· Hallarse al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.
· Desarrollar la actividad con anterioridad al 14 de marzo de 2.020.
· No estar incurso en supuestos de incompatibilidad ni haber sido sancionados en materia de prevención de riesgos laborales.
· Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.
Procedimiento:
· Ayudas por concesión directa, y compatibles con otras ayudas.
· Se tramitarán y resolverán por orden de presentación.
· En el plazo de un mes, a partir de los doce meses de la publicación del Decreto (14 de mayo de 2.021) tendrá que justificarse que se han cumplido las OBLIGACIONES de mantenimiento de la actividad y empleo antes comentados.
· Procederá el reintegro de las ayudas en caso de incumplimiento de las obligaciones; siendo parcial y proporcional al tiempo, siempre y cuando se mantenga, al menos, seis meses la actividad y el 50% del empleo obligado.
· Para la tramitación accedan en la siguiente dirección: https://www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-directas-afectados-covid19-autonomos-y-microempresas
Más información: Miguel-Ángel Cruz Vidal (622 564 320 - macruz@hosteleriadetoledo.com)
OFICINA PRINCIPAL
Paseo de Recaredo, 1
45002 TOLEDO
Tfno. 925 228858
Fax 925 223422
info@hosteleriadetoledo.com
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