Medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo
El pasado 29 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
Se destacan las siguientes medidas:
1. Trabajadores Autónomos: Cotización y Coberturas:
- A partir del 1 de enero de 2019, se incorporan de modo obligatorio la totalidad de las contingencias (hasta el momento eran voluntarias), como la protección por cese en la actividad, contingencias comunes y profesionales.
- La base mínima de cotización para el 2019 será de 944,40 euros.
- El tipo mínimo de cotización, que incluye todas las contingencias, será de un 30 por 100, lo que supone una cuota mínima de 283,32 euros mensuales.
- Varía la tarifa plana, de tal forma, que durante los 12 primeros meses, si se cotiza por la base mínima, serán 60 euros frente a los 50 euros que se venían abonando en los últimos años, al incorporar las contingencias profesionales.
· Si se trata de trabajadores autónomos menores de 30 años omenores de 35 años en el caso de mujeres, y causen alta inicial en el RETA o no hubieran estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, les serán de aplicación unas reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes durante 36 meses, que oscilarán entre un 80% durante los 12 primeros meses, y un 30% los 24 meses restantes.
- El autónomo que en cualquier momento del año 2018 y de manera simultánea haya tenido contratados un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a 10, van a cotizar por la base mínima de 1.214,08 mensuales.
- La misma base de cotización se les va aplicar a los trabajadores autónomos que desarrollen funciones de dirección y gerencia del cargo de consejero o administrador, o bien presten servicios en una sociedad mercantil y que posean el control efectivo de la misma.
- Se incorpora una nueva infracción laboral grave, consistente en comunicar la baja en seguridad social de trabajadores por cuenta ajena que continúen la misma actividad para la empresa en régimen de trabajadores por cuenta propia (falsos autónomos). La multa pueden alcanzar entre 3.126 y 10.000 euros.
2. Incremento Cotización en Contratos de Corta Duración:
- En los contratos de duración igual o inferior a cinco días (trabajadores extras), se incrementa la cotización del 36% actual al 40%.
3. Derogación de los contratos de trabajo e incentivos a la contratación vinculadas a una tasa de desempleo superior al 15%:
Se derogan expresamente los siguientes contratos e incentivos:
· Contratos indefinido de apoyo a emprendedores.
·Contratos de formación y aprendizaje con personas entre 25 y 30 años.
·Incentivos en la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.
· Contratación indefinida de un joven por microempresas y autónomos.
·Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
· El contrato al primer empleo joven.
·Incentivos a los contratos en prácticas.
En todo caso, se consideran válidos, así como las bonificaciones e incentivos, los contratos celebrados desde el 15 de octubre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018.
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