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Línea de Financiación ICO – COVID19


A continuación se resume la información precisa para conocer la línea de financiación abierta por el INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL (ICO), y a la que puede acogerse las empresas como consecuencia de la crisis del COVID-19.


1.- FINALIDAD

La finalidad es dotar de liquidez a las empresas, sirviendo para mantener el empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19. Estos préstamos sirven atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

La financiación no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.


2.- CARATERÍSTICAS

La cobertura del aval será para autónomos y pymes, hasta el 80% del principal de la operación para nuevas operaciones y renovaciones. Para las empresas que no tenga la consideración de pyme, en todos los casos, hasta el 70% del principal para las nuevas operaciones.

El aval no da cobertura a conceptos distintos al principal de la operación, tales como pago de intereses, comisiones u otros gastos inherentes a las operaciones.

El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación hasta un máximo de 5 años y la cobertura del aval se irá ajustando al saldo vivo de la operación avalada.

 

3.- BENEFICIARIOS

Podrán adherirse autónomos y empresas de todos los sectores de actividad, ya sean pyme y no pyme, con domicilio social en España.

No podrán adherirse a esta línea las operaciones con aquellas empresas en situación de morosidad bancaria a 31/12/2019, en situación de procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020, ni las empresas en crisis a 31/12/2019.

 

4.- CONDICIONES DE FINANCIACIÓN

A continuación se expone a título de ejemplo las condiciones que ha establecido CAIXABANK, dado que el ICO no ha aprobado las condiciones definitivas de la oferta.


· El importe máximo por cliente será de 1,5 millones de euros, en una o varias operaciones de préstamo a autónomos y empresas.


· El límite de préstamo viene determinado con carácter general por el 25% de la facturación de 2019. Sólo con carácter excepcional por el importe de dos anualidades de sus costes salariales (costes salariales 2019*2) o por una autodeclaración responsable de la empresa en la que justifique necesidades de liquidez para los próximos 12 meses (gran empresa) o 18 meses (pyme).

 

· Plazos de financiación: Amortización de 1 año hasta 5 años (con posibilidad de 1 año de carencia).

 

· Tipo fijo para Autónomos y Microempresas

- Autónomos: fijo 2,5%.
- Microempresas: fijo 1,5%.
- Sin comisión de apertura.
- Comisión de cancelación: Hasta un 1%.

 

· Tipo fijo o variable para PYMES o Empresas: diferencial flexible entre el 1% y el 1,5%

 

5.- TRAMITACIÓN

Entre la documentación que se requiere se encuentra el modelo 390 del IVA donde aparece la facturación de la empresa durante el año anterior. La entidad financiera solicitará otros documentos para realizar realizará el análisis de riesgo.

 

6.- PLAZO

El último día para formalizar operaciones será el 30/09/2020.

 

Para ampliar información podéis contactar con la Asociación Provincial de Hostelería y Turismo de Toledo - Miguel-Ángel Cruz Vidal (622 564 320 – macruz@hosteleriadetoledo.com).







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