La Junta de Comunidades sigue cobrando la Tasa por la Inspección Sanitaria de Locales
Nuevamente la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha está remitiendo a los establecimientos de hostelería la liquidación de la Tasa por Inspección Sanitaria de Locales, en este caso por importe de 10,41 euros.
Nuestra Asociación, así como, la propia Federación Regional de Empresarios de Hostelería y Turismo de Castilla-La Mancha (FREHCM), consideran que por muchas razones de carácter legal, la tasa deba ser suprimida. Por ello y, hasta por dos veces, ha solicitado de la Junta de Comunidades su supresión.
La AHT te ayuda a recurrir la liquidación
Aquellos hosteleros que hayan recibido la carta de pago de la tasa pueden contar con los servicios técnicos de la Asociación, quien, sin coste alguno realizará los trámites oportunos para recurrirla.
El plazo para interponer el recurso es un mes desde que se reciba la liquidación y su interposición no exime de la obligación de abonar el importe de la tasa. También es importante, que el interesado compruebe si durante el ejercicio objeto de liquidación ha sido visitado por los Inspectores de la Consejería de Sanidad.
Son varias las razones por las que la tasa sanitaria ha de ser retirada. Por un lado, la actual Ley de Tasas no menciona específicamente a las "actividades de hostelería”, por lo que al no quedar definidas no forman parte del hecho imponible. Además, a nuestro juicio hay una norma en vigor (Ley 4/1994), que expresamente suprimía la tasa de los Servicios Sanitarios Veterinarios para los "bares, cafeterías y restaurantes comedores colectivos".
Buen ejemplo del despropósito de la tasa, es que se aplica de manera uniforme, pues, no tienen en cuenta factores como superficie del local o el número de trabajadores, incumpliendo los principios de equivalencia y capacidad económica que debe regir el establecimiento de cualquier tasa.
Con independencia de que en la actualidad la cuantía de la tasa es pequeña (10,41 euros/año), la AHT considera que se debe proceder a su supresión, dado que, no han desaparecido las razones que en 1994 llevaron a derogarla, máxime, cuando los establecimientos hosteleros ya están obligados a implantar y seguir un sistema de autocontrol (APPCC) que por lo general, lleva aparejado un coste adicional.
Sin perjuicio de que la FREHCM seguirá insistiendo ante la JCCM en la supresión de dicha tasa, no está demás que los hosteleros a título individual muestren su descuerdo con la misma a través de la presentación del oportuno recurso.
Para ampliar información contacte con el Departamento Fiscal (Miguel Cruz) de la Asociación (( 925 228 858 – fiscal@hosteleriadetoledo.com).
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