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LA AHT CONFECCIONA SU DECLARACIÓN DE LA RENTA
25 de Abril de 2012


Como en años anteriores, la Asesoría Fiscal de la Asociación de Hostelería y Turismo de Toledo (AHT), a través de su participada Recaredo XXI, queda a disposición de los asociados que así lo deseen para que se les confeccione la declaración de la Renta. A partir de este ejercicio, tras su aprobación en la última Asamblea General, el coste de dicho servicio asciende a 35 € más impuestos indirectos. Es preciso soliciten cita previa al departamento fiscal de la AHT antes del lunes 18 de Junio de 2012. 

Asimismo, se les recuerda a aquéllos asociados a los que la Administración ha enviado los datos fiscales del ejercicio, nos remitan dicha información, o en su defecto, nos faciliten el número de referencia que la Administración les ha asignado en el envío de datos fiscales.

Es conveniente que nos faciliten la información necesaria que a continuación detallamos. 

1. Personales.

Estado civil del contribuyente, fecha de nacimiento, grados de minusvalías (Idéntica información a aportar por parte de su cónyuge). Información sobre ascendientes o descendientes con derecho a aplicar los mínimos familiares en los siguientes términos: informar si aquéllos han presentado comunicación o declaración por I.R.P.F., fechas de nacimiento, dependencia y convivencia con el contribuyente, cuantías de rentas obtenidas incluidas las exentas, parentesco, estado civil, grado de minusvalía o discapacidad. 

2. Reducciones aplicables a la Base Imponible.

Aportaciones a Sistemas de Previsión Social, Aportaciones a Sistemas de Previsión Social a favor de minusválidos, pensiones compensatorias a favor del cónyuge y anualidades por alimentos, salvo las fijadas a favor de los hijos, satisfechas por decisión judicial. 

3. Deducciones aplicables a las cuotas íntegras y a la cuota diferencial.

a) Inversiones por la adquisición o rehabilitación en vivienda habitual. Con carácter general deducen al 15% con el límite en base de 9.040 € de las cantidades satisfechas por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. Las deducciones anteriores pueden verse incrementadas por la compensación fiscal que pueden obtener los contribuyentes que, conforme a la Ley anterior, se beneficiaban de una mayor deducción. 

b) Deducción por cuenta ahorro – empresa. Deducen al 15% con el límite en base de 9.040 € de las cantidades depositadas hasta la suscripción de las participaciones de la sociedad Nueva Empresa.

c) Deducciones por Donativos. 

d) Deducción por maternidad.

NOTA: Los documentos a presentar para los casos previstos en las reducciones y deducciones serán aquellas certificaciones que les hayan sido expedidas al contribuyente por las entidades que corresponda.

En definitiva, se requiere de la aportación de los documentos descritos que afecten a cada  contribuyente para la determinación final del resultado de la declaración. En el cuadro adjunto, puede verlo de un solo vistazo.



Documentación adjunta:
noticias_AHT_fiscal_y_financiero_Guía Resumen Componentes Renta.pdf... (52,3 KB)





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