Imposición de medidas Nivel 3 en las localidades de Fuensalida, Quintanar de la Orden y y Yeles
La Consejería de Sanidad ha dictado Resolución por la que se imponen medidas especiales en Materia de Salud Pública para la contención de la expansión del COVID-19 en las localidades de FUENSALIDA, QUINTANAR DE LA ORDEN Y YELES. Todas las medidas son de aplicación desde hoy lunes 12 de abril y tendrán una validez inicial de 10 días naturales, si bien, podrán ser prorrogadas por otro período de igual duración.
MEDIDAS
1.- HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
·Cierre del interior de todos los bares, restaurantes y otros establecimientos de hostelería.
·En Terrazas se limita el aforo al 50 %. La distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas es de 2 metros entre sillas de diferentes mesas.
- El número máximo de personas por mesa queda limitada a un máximo de 6, salvo convivientes.
·Se entiende por espacio al aire libre (terraza) todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
·Uso obligatorio de mascarilla salvo para comer y beber.
·El horario máximo de cierre será una hora antes del inicio del toque de queda establecido, por lo cual es a las 23:00 horas.
·El servicio y consumo de bebidas o comidas deberá realizarse siempre sentado en las mesas interiores o de la terraza.
- En cuanto al servicio de comida a domicilio (Delivery) la Administración entiende que debe haber concluido a las 00:00 horas, reparto incluido; criterio éste, que desde la Asociación.
2.- CELEBRACIONES
· Las celebraciones posteriores a bodas, bautizos, comuniones o eventos similares en establecimientos de hostelería o restauración, tendrán limitado su aforo a 30 personas en espacio abierto, garantizándose, en todo caso, el resto de las medidas (Ej. Distancia, grupos de personas, etc.).
3.- HOSPEDAJE
·La ocupación queda limitada al 50 por 100 de su capacidad.
·La ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 25 por 100 de su aforo.
·Aunque no se cita a otras modalidades de hospedaje como los hostales, pensiones, casas rurales en régimen de alquiler compartido etc., hay que entender que también están afectadas por dichas limitaciones.
- La ocupación de las casas rurales de alquiler completo y las viviendas de uso turístico queda limitada a 6 personas, salvo convivientes.
Todas estas medidas tendrán una validez inicial de 10 días naturales, si bien, podrán ser prorrogadas por otro período de igual duración.
Documentos
Imposición de medidas Nivel 3 en las localidades de Fuensalida, Quintanar de la Orden y y Yeles
Utilizamos cookies propias y de terceros para personaliza el contenido de la web, proporcionando funcionalidades a las redes sociales y para analizar el tráfico de nuestra web. Puedes aceptar el uso de esta tecnología o administrar su configuración y poder rechazarla, y así controlar completamente qué información se recopila y gestiona a través de los botones habilitados al efecto. Al hacer clic en "Sí, acepto las Cookies", ACEPTAS SU USO, si bien podrás retirar su consentimiento en cualquier momento. También puedes CONFIGURAR la instalación de cookies haciendo clic en "Configurar Cookies". Para obtener más información sobre nuestra política de datos, visitas nuestra Política de Privacidad. Para obtener más información al respecto, puedes consultar nuestra Política de Cookies.
Configuración de Cookies
Resumen de privacidad
Cookies necesarias
Cookies de estadísticas
Ajustes de Cookies
Puedes cambiar estos ajustes en cualquier momento. Bloquear cookies o permitir todas, puedes hacer que algunas funciones de la web dejen de estar disponibles o no funcionen correctamente. Para obtener información sobre eliminar cookies, por favor consulta la función ayuda de tu navegador y los siguientes enlaces.