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Medidas Nivel 3 en Consuegra, Fuensalida, Illescas, Los Navalmorales, Ocaña, Ugena y Yuncos
La Consejería de Sanidad ha publicado hoy en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, la Resolución por la que se imponen medidas especiales de Nivel 3 en Materia de Salud Pública para la contención de la expansión del COVID-19 en CONSUEGRA, FUENSALIDA, ILLESCAS, LOS NAVALMORALES, OCAÑA, UGENA Y YUNCOS. Todas las medidas tendrán una validez de 7 días, si bien, podrán ser prorrogadas.
MEDIDAS NIVEL 3
1.- HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
- Se suprime el servicio de barra de todos los bares, restaurantes y otros establecimientos de hostelería.
- En el interior de los locales se limita al 50 % de su aforo. La distancia mínima es de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Queda prohibido añadir elementos móviles o fijos (mesas, sillas ...) a la barra.
- En Terrazas se limita el aforo al 75 %. La distancia mínima es de 1,5 metros entre mesas.
- El número máximo de personas por mesa queda limitada a un máximo de 6, salvo convivientes.
- Se entiende por espacio al aire libre (terraza) todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
- Uso obligatorio de mascarilla salvo para comer y beber.
- El horario máximo de cierre será una hora antes del inicio del toque de queda establecido, por lo cual es a las 23:00 horas.
- El servicio y consumo de bebidas o comidas deberá realizarse siempre sentado en las mesas interiores o de la terraza.
- Se permite el servicio de comida a domicilio (Delivery) y comida para llevar dentro del margen horario de movilidad, hasta las 00:00 horas.
2.- CELEBRACIONES
- Las celebraciones posteriores a bodas, bautizos, comuniones o eventos similares en establecimientos de hostelería o restauración, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 60 personas en espacio cerrado, garantizándose, en todo caso, el resto de las medidas (Ej. Distancia, grupos de personas, etc.).
3.- HOSPEDAJE
- La ocupación queda limitada al 50 % de su capacidad.
- La ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 25 % de su aforo.
- Aunque no se cita a otras modalidades de hospedaje como los hostales, pensiones, casas rurales en régimen de alquiler compartido etc., hay que entender que también están afectadas por dichas limitaciones.
- La ocupación de las casas rurales de alquiler completo y las viviendas de uso turístico queda limitada a 6 personas, salvo convivientes.
- Congresos, seminarios y cursos tendrán un aforo máximo de 30 personas, no pudiéndose superar el 40% del aforo máximo..
- Piscinas queda limitado su aforo al 50% si se trata de instalaciones en espacio abierto y 30% en espacios cerrados.
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