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Declaración de la Renta y Patrimonio 2014
Hacienda ha adelantado al 7 de abril el inicio del plazo para la presentación de la Renta y el Patrimonio del ejercicio 2.014, aunque las referidas declaraciones en la fecha descrita sólo podrán presentarse por Internet.
El periodo de presentación presencial comienza el 11 de mayo, y termina el 30 de junio. La fecha para presentar las declaraciones con resultado a ingresar domiciliando su pago finaliza el 25 de junio.
Las novedades más relevantes, respecto de rentas pasadas son las siguientes:
• Se limita a 180.000 € el importe de la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador contempladas en el Art. 7.e) de la Ley del IRPF.
• Se prorroga la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo.
• Están exentas las ganancias patrimoniales por la transmisión de acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación, que hayan permanecido más de tres años en el patrimonio del contribuyente.
• Se establece un régimen más favorable para compensar la parte de los saldos negativos de la base imponible del ahorro que procedan de rendimientos negativos derivados de preferentes o deuda subordinada, o de valores recibidos en sustitución de aquéllos.
• La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha regulado cuantías incrementadas en el mínimo por descendientes, así como una escala específica para el cálculo del gravamen autonómico.
Los empresarios están obligados a presentar declaración por IRPF, con independencia de la procedencia y cuantía de las rentas. Como todos los años, la Asesoría Fiscal de la Asociación queda a disposición de los asociados que lo deseen para que se les confeccione la referida declaración.
Respecto del Impuesto sobre el Patrimonio, deberá ser presentado por las personas que posean bienes por un valor superior a los 700.000 € y resulte una cuota a ingresar, o cuando, no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, determinados de acuerdo a las normas reguladoras del Impuesto, sea superior a los 2 millones de euros.
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