El Gobierno de Castilla-La Mancha, ha aprobado la convocatoria para el ejercicio 2017, del Plan Extraordinario por el Empleo, que regula el “Programa de iniciativa para el empleo y la cualificación joven”, a través de las siguientes líneas de subvención:
A) Ayudas para la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje para jóvenes sin cualificación:
- Se podrán formalizar con:
* Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritos y en situación de beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. En el supuesto de no estar inscritos, que hayan solicitado su inclusión en el mismo, con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
* Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
* Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
* Trabajadores en riesgo de exclusión social, avalados por informe de los Servicios Sociales competentes.
- Deben cumplir los siguientes requisitos:
* En el contrato debe constar expresamente una cláusula que indique; “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo de Empleo Juvenil FSE”, cuando se trate de jóvenes.
* En los contratos suscritos con los demás colectivos la cláusula será: “La presente acción será objeto de cofinanciación por el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE.”
- Cuantía de la subvención será de 5.140 euros.
* Serán objeto de subvención los contratos para la formación y aprendizaje durante un período máximo de un año.
B) Ayudas para la formalización de contratos en prácticas “Contratos Puente”:
- Se podrán formalizar con:
* Jóvenes mayores de 16 y menoresde 30 años, inscritos y en situación de beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. En el supuesto de no estar inscritos, que hayan solicitado su inclusión en el mismo, con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
* Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
* Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
* Trabajadores en riesgo de exclusión social, avalados por informe de los Servicios Sociales competentes
- Deben cumplir los siguientes requisitos:
* El contrato debe formalizar se por escrito y constará expresamente la titulación de la persona contratada, duración del contrato, que deberá ser al menos de un año, y el puesto de trabajo a desempeñar durante las prácticas.
* Mantener el puesto de trabajo por el período de duración que figure en el contrato inicial, y al menos, doce meses.
* En el contrato debe constar expresamente una cláusula que indique; “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE.”
* La contratación objeto de subvención debe suponer un incremento neto del empleo de la empresa, en relación a la plantilla en los 90 días naturales anteriores a la contratación, incluyendo tanto bajas voluntarias como no voluntarias.
- Cuantía de la subvención será de 5.140 euros para doce meses de contratación a tiempo completo.
C) Ayudas para la formalización de contrato de relevo:
- Se podrán formalizar con:
* Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritos y en situación de beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. En el supuesto de no estar inscritos, que hayan solicitado su inclusión en el mismo, con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
* Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
* Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
* Trabajadores en riesgo de exclusión social, avalados por informe de los Servicios Sociales competentes
- Deben cumplir los siguientes requisitos:
* Serán subvencionables la formalización de contratos de relevo a jornada completa, con una duración mínima de 6 meses y hasta 12 meses
* En el contrato debe constar expresamente una cláusula que indique; “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE.”
- Cuantía de la subvención será de 5.140 euros para doce meses de contratación a tiempo completo.
D) Ayudas para la transformación en indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje, prácticas, contratos relevo y con trabajadores en procesos de inserción en empresas de inserción:
- Se subvencionará la transformación de los contratos para la formación y aprendizaje, de prácticas, de relevo y con trabajadores en procesos de inserción.
- Debe mantenerse el puesto de trabajo subvencionado por un período mínimo de 36 meses, y el número de contratos indefinidos existentes en el centro de trabajo durante un mínimo de 18 meses.
- La contratación indefinida por la que se solicita la ayuda suponga un incremente neto del empleo fijo de la empresa con relación a la plantilla en los 90 días anteriores a la contratación, excluyendo bajas voluntarias.
- La cuantía de esta subvención será de 5.300 euros a los contratos a tiempo completo.
Esta cuantía se incrementará en 700 eros, si la persona contratada pertenece a alguno de las siguientes colectividades:
* Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
* Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
* La contratación constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.
E) Requisitos comunes para las cuatro líneas de subvención:
- Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.
- Deben encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
- No haber realizado extinciones de contratos por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido declarados judicialmente o reconocidos por el empresario ante el SMAC como improcedentes, así como haber realizado despidos colectivos, suspensiones de contratos o reducciones de jornada en el plazo de los seis meses anteriores a la celebración del contrato por el que se solicita la ayuda.
- No podrán ser objeto de ayuda, entre otras, las contrataciones que se realicen con trabajadores, que en los seis meses anteriores a la contratación, hubieran tenido vinculación laboral con la misma empresa o grupo de empresas, salvo que se trate de transformaciones de contrato.
F) Plazos y presentación de solicitudes:
- Las solicitudes de ayudas referidas a los contratos formalizados a partir del 1 de octubre de 2016, y hasta el 31 de diciembre de 2016, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor del Decreto, es decir, hasta el 30 de enero de 2017.
- Las solicitudes de ayudas referidas a los contratos formalizados a partir del 31 de diciembre de 2016, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del contrato, y como máximo hasta el 31 de octubre de 2017.
- Las solicitudes únicamente se podrán presentar de forma telemática a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La mancha (http://www.jccm.es).
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